Términos y condiciones de afiliación

Globetrotter

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE AFILIACIÓN

LOS SIGUIENTES TÉRMINOS Y CONDICIONES DE AFILIACIÓN QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN EN EL PRESENTE CONTRATO, DEBERÁN SER LEIDOS DETENIDAMENTE. AL MARCAR EL RECUADRO QUE INDICA “LEÍ Y ACEPTO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES”, USTED OTORGA SU CONSENTIMIENTO DE SUJETARSE EN SU TOTALIDAD A LO ESTIPULADO EN DICHO CONTRATO.

PRIMERA. – En el presente contrato se estipulan las condiciones por medio de las cuales el Asociado y Globetrotter Excursions, mantendrán una relación comercial durante la vigencia de este.

SEGUNDA. – OBJETO DEL CONTRATO.

El presente Contrato tiene como objeto el establecer los términos y condiciones que regirán la relación comercial entre Globetrotter Excursions y el afiliado. Globetrotter Excursions ofrecerá el servicio de Intermediación para la comercialización de los Productos y/o Servicios por parte del afiliado ante los Clientes Finales de este último. Dicha intermediación se llevará a cabo a través de i) la integración del Software Globetrotter Excursions en el Sitio Web del Asociado y ii) a través del Módulo WEB cuya operación y acceso se encuentra en producción, esto de conformidad con lo establecido en el presente Contrato y los Anexos que forman parte integrante del mismo.

Los esquemas comerciales bajo los cuales operará la relación comercial de Globetrotter Excursions con el Asociado se describen en los Anexos y deberán considerarse como parte integral del presente Contrato.

El afiliado, de manera adicional a la integración del software de Globetrotter Excursions y al acceso al Módulo WEB podrá obtener los servicios de DESARROLLO WEB Y CAMPAÑAS PPC si así lo acuerdan las partes al momento de la firma del contrato.

TERCERA. – DEFINICIONES.

Para efectos del presente Contrato, los términos que se enlistan a continuación tendrán los significados que se detallan en la presente cláusula. Los términos o las frases, que no se encuentren específicamente definidos en esta cláusula tendrán el significado que se les atribuya en cualquier otra sección del presente Contrato o, en caso de no estar definidos, de conformidad con su uso general y contexto siempre cumpliendo con el objeto del presente Contrato:

a. Software Globetrotter Excursions. Software propiedad de Globetrotter Excursions publicado en la red para garantizar el acceso en tiempo real para consulta y comercialización de sus Productos y Servicios.

b. Módulo WEB. Software propiedad de Globetrotter Excursions cuyo acceso es disponible exclusivamente para teléfonos inteligentes para la adquisición de Productos y Servicios del afiliado y Globetrotter Excursions.

c. Afiliado. Sociedad intermediaria que comercializa los Productos y Servicios de Globetrotter Excursions a través del acceso al programa de socios.

d. Sitio Globetrotter Excursions. Sitio en la red mundial identificado con su dirección URL www.globetrotterexcursions.com y cualquiera de sus subdirectorios.



e. Sitio Web del Asociado. Sitio en la red mundial, del que el afiliado es propietario y opera directamente, y el cual y se identifica con la dirección, dominio o URL: señalado en la declaración I del presente contrato más todos los portales dados de alta bajo solicitud del Asociado y denominados dentro del grupo del Asociado.

f. Páginas Asignadas al Asociado. Páginas del sitio, las cuales están específicamente diseñadas bajo instrucciones del afiliado para estar vinculadas a la imagen corporativa del Sitio Web del afiliado.

g. Cliente Final. Persona / cliente / consumidor o turista que reserva Productos y/o Servicios con Globetrotter Excursions a través de las Páginas Asignadas al afiliado.

h. Fuerza Mayor. Se consideran como caso fortuito o fuerza mayor, huracanes, los terremotos, inundaciones, vientos que produzcan daños graves, explosiones, guerra, revoluciones, motines, incendios, epidemias, actos de gobierno de carácter general que impidan o demoren a cualesquiera de las partes el cumplimiento de sus obligaciones y, en general, cualquier acto de la naturaleza o del hombre distintos de los antes mencionados, que estuviese fuera del control de las partes y por los que no se pueda imputar culpa o dolo a las mismas.

i. Plataforma de Autoservicio Se define como la sección a la cual el afiliado tendrá acceso únicamente por medio de una Clave de Usuario y Contraseña, proporcionada por Globetrotter Excursions para la administración de las Páginas Asignadas al afiliado.

j. Información Confidencial. Se refiere a este Contrato incluyendo sus anexos, especificaciones técnicas, esquema de tarifas y comisiones, planes de mercadotecnia, estrategias comerciales, interfaz del Sitio Globetrotter Excursions restringido en su acceso, estructura, alimentadores XML, códigos de programación, datos de los Clientes del afiliado, toda la información oral, escrita, grafica, magnética, electrónica o en cualquier otra forma tangible que se relacione con el afiliado y cualquier otra información que se identifique como confidencial por las partes.

k. Correo Electrónico del afiliado. Se refiere al correo electrónico señalado en la declaración del presente contrato.

l. Correo Electrónico de Globetrotter Excursions. Se refiere al correo electrónico contacto. help@globetrotterexcursions.com

m. XML. Protocolo informático destinado al intercambio de información propio de las interfaces entre sistemas de las partes.

n. Productos y/o Servicios. Son aquellos servicios de transportación aérea, servicios de hospedaje, renta de automóviles, excursiones, entre otros, comercializados por Globetrotter Excursions en su carácter de intermediario, por ser servicios proporcionados de manera directa por los proveedores finales y que son concentrados por Globetrotter Excursions en el Software Globetrotter Excursions y Módulo WEB que a través del Sitio Web del Asociado son comercializados de manera directa al Cliente Final.

o. Centro de Contacto. Centro de servicio Telefónico proporcionado por Globetrotter Excursions para soporte o venta de los Productos o Servicios.

p. Proveedor Final. – Persona física o moral encargada de prestar o proporcionar los Productos y/o Servicios de manera directa al Cliente Final.

q. Formas de Pago. Significa las múltiples alternativas a las cuales tendrá acceso el Cliente Final, con el objetivo de cubrir el pago de los Productos y/o Servicios reservados por éste.

r. Reservaciones “Online” y “Offline”. Reservaciones “Online” son reservaciones generadas directamente a través de Las Páginas Asignadas al Asociado. Reservaciones “Offline” son todas aquellas reservaciones generadas a través de otros medios, tales como Centro de Contacto, correo electrónico entre otros.

s. Servicios Adicionales. Significa la solicitud expresa por parte del afiliado a Globetrotter Excursions para que éste último lleve a cabo el desarrollo y programación de sitios Web con especificaciones propias del afiliado.

t. Desarrollo del sitio Web. Significa el diseño y programación de páginas para el Sitio Web del Asociado.

u. Caja de Reservaciones. Programación creada y propiedad de Globetrotter Excursions cuya función es la de fungir como herramienta de acceso al Software de Globetrotter Excursions y al Módulo WEB.

CUARTA. – OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Globetrotter Excursions y el afiliado se obligan al cumplimiento de las obligaciones que se establecen el presente contrato; así como, a lo establecido en el ANEXO A, del presente contrato, el cual una vez firmado por ambas partes formará parte integral del presente instrumento.

QUINTA. – PLAN DE COMISIONES.

Globetrotter Excursions y el afiliado acuerdan el pago de comisiones que se establecen en el ANEXO B del presente contrato, el cual una vez firmado por ambas partes formará parte integral del presente instrumento.

SEXTA. – DESARROLLO WEB

Si el ASOCIADO desea obtener el servicio de Desarrollo Web por parte de Globetrotter Excursions las partes lo acordaran a la firma del contrato.

SÉPTIMA. – CAMPAÑAS PPC

Si el ASOCIADO desea obtener el servicio de Campañas PPC por parte de Globetrotter Excursions las partes lo acordaran a la firma del contrato.

OCTAVA. – VIGENCIA.

La vigencia del presente Contrato será de 1 (un) año forzoso, renovándose automáticamente a su vencimiento en forma sucesiva y por períodos de 12 meses (periodos subsecuentes), salvo que alguna de LAS PARTES notifique por escrito a la otra Parte, su voluntad de no renovar el mismo cuando menos con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento de alguno de los periodos subsecuentes del Contrato, teniendo por concluida la vigencia del mismo sin necesidad de declaración judicial alguna.

NOVENA. – SUBORDINACION.

“LAS PARTES expresamente convienen en que no existirá vínculo laboral, ni de hecho ni de derecho, entre Globetrotter Excursions y/o su personal por una parte y por la otra el afiliado y/o su personal, en la ejecución de las actividades objeto del presente Contrato, ya que la única relación que existe entre ella es de carácter mercantil.

En virtud de lo anterior cada una de LAS PARTES se obliga a sacar en paz y a salvo a la otra parte de cualesquier contingencia, reclamación, demanda y/o procedimiento judicial o extrajudicial de carácter laboral o de seguridad social, que se origine de la relación laboral con su propio personal, ya que es responsabilidad de cada una de ellas la contratación de estos, así como de la presentación de avisos de inscripción en su caso de sus empleados o trabajadores ante las diversas dependencias públicas que le correspondan en su carácter de patrón, obligándose a cubrir en su caso, los daños y perjuicios que por ello le ocasione a la otra parte, incluidos los gastos, costas, y pago de honorarios de abogados que en su caso pudiera erogar. LAS PARTES reconocen y acuerdan que en ningún momento Globetrotter Excursions y/o su personal, estarán subordinados o supeditados al afiliado y/o su personal, ni estarán sujetos a horarios u órdenes.

El afiliado y Globetrotter Excursions para efectos del presente Contrato no serán considerados como inversores conjuntos ni son socios en una empresa común (joint venture), socios o agentes entre sí, y ninguno tiene ni tendrá poder o autoridad para obligar al otro o para hacer promesas o aseveraciones en representación del otro a terceras partes.

DECIMA. – CONFIDENCIALIDAD.

Toda la información que Globetrotter Excursions transmita o genere con motivo de la celebración del presente Contrato, tales como esquema de comisiones, XML, Software Globetrotter Excursions, Módulo WEB, Sistema de Administración de Asociados, así como la información del Contrato, propuestas comerciales, especificaciones técnicas, comerciales, contraseñas, controles de acceso, así como cualquier otra información propiedad exclusiva de Globetrotter Excursions, deberán serán manejadas y consideradas como Información Confidencial para manejo exclusivo entre Globetrotter Excursions y el afiliado, ya sea que se presente, se obtenga o se comparta dicha Información Confidencial entre Globetrotter Excursions y el afiliado en forma escrita, verbal, visual, electrónica o por cualquier otro medio.

Debido a lo anterior el afiliado y Globetrotter Excursions se obliga a guardar, mantener en secreto, a no divulgar a terceras personas, a no utilizar en provecho propio y a no reproducir por ningún medio la información recibida de su contra parte, tenga o no relación directa con el objeto del presente documento.

La Información Confidencial únicamente podrá ser utilizada para cumplir exclusivamente con el objeto del presente contrato.

No se considerará como Información Confidencial:

a) Cuando sea del conocimiento o del dominio público;

b) Cuando se haya desarrollado u obtenido antes de la celebración del presente Contrato;

c)Cuando se revele o deba ser divulgada por disposición legal de autoridad competente; y

d)Aquella en la que expresamente se indique por la parte que la proporciona que no tiene el carácter de confidencial.

El afiliado podrá proporcionar la Información Confidencial únicamente a su propio personal, y siempre que este tenga la necesidad de conocer dicha información para proceder a realizar los fines especificados en el presente Contrato, por tal motivo, cada una de las partes dará instrucciones a su propio personal en relación con la confidencialidad que deban guardar respecto de la información y sobre las penalidades a las cuales estarán sujetos en caso de incumplimiento.

En virtud que el Sistema de Administración para afiliados, Software Globetrotter Excursions, Módulo WEB y en general cualquier otro software o código fuente materia del presente contrato de propiedad exclusiva de Globetrotter Excursions y que sobre el cual se proporciona el uso al afiliado, esta última se compromete a no utilizar dichos sistemas al término de este contrato y por consiguiente a no divulgar su funcionamiento, tratándose de Información Confidencial propiedad exclusiva de Globetrotter Excursions.

El afiliado y el personal a su cargo, conoce el alcance del delito de revelación de Secretos Industriales que prevé la Ley de la Propiedad Industrial, y se obliga a no divulgar la información a que va a tener acceso.

Las partes no podrán retener o conservar indebidamente la Información Confidencial que le haya sido proporcionada por el dueño de la información confidencial o a la cual haya tenido acceso por cualquier medio y que sea considerada como Información Confidencial de cualquiera de las partes y no podrá divulgarla inclusive una vez terminada la vigencia del presente Contrato.

DÉCIMA PRIMERA. – PROPIEDAD INDUSTRIAL.

El afiliado reconoce que la marca “Globetrotter Excursions”, entre otros, son marcas registradas y derechos de propiedad industrial para uso y explotación exclusiva de Globetrotter Excursions, por lo que de manera enunciativa más no limitativa las demás marcas, logotipos, nombres comerciales, que aparecen en el Software Globetrotter Excursions, Módulo WEB o en el Sitio Globetrotter Excursions.com o que Globetrotter Excursions mencione o utilice derivado del presente contrato, constituyen derechos de Propiedad Industrial que se encuentran registrados o en proceso de registro, por lo que son propiedad exclusiva de Globetrotter Excursions o, de sus afiliadas, o terceras partes contratantes licenciantes directamente con Globetrotter Excursions, las cuales fueron debidamente proporcionadas para la celebración del presente contrato, por tal razón Globetrotter Excursions cuenta con las autorizaciones y/o licencia de uso respectiva y por lo tanto el afiliado no puede copiar, reproducir, cargar, publicar, modificar, transmitir o distribuir dichos derechos ni el contenido de dicho material.

Debido a lo anterior, nada de lo contenido en este contrato incluyendo sus derechos protegidos por la Ley de Propiedad Industrial aplicable, por las Leyes y Tratados Internacionales, podrá ser considerado por el afiliado como una licencia o derecho a usar cualquiera de las Marcas Comerciales para cualquier otro fin, o demás derechos de Propiedad Industrial sin el previo consentimiento por escrito de Globetrotter Excursions, o en su caso de los titulares de tales derechos.

El afiliado acuerda en no alterar la Propiedad Industrial de Globetrotter Excursions en modo alguno, ni se permitirá la acción que de cualquier manera que pueda menoscabar, denigrar o disminuir los derechos de Propiedad Industrial de Globetrotter Excursions.



El afiliado se compromete a no utilizar las marcas o nombres comerciales de Globetrotter Excursions como nombres de dominio ni registrarlos como parte de un nombre de dominio, o bien su colocación como parte de Publicidad en Internet sin previo consentimiento por escrito de Globetrotter Excursions.

El afiliado reconoce que el uso o impresión de cualquier logotipo, nombre comercial, patente, modelos de utilidad y/o métodos comerciales protegidos por la Ley de la Propiedad Industrial es para uso exclusivo de Globetrotter Excursions, por lo que no le otorgará al afiliado ningún derecho, título o interés en materia de Propiedad Industrial.

Globetrotter Excursions se reserva el derecho de vigilar la calidad del uso de su Propiedad Industrial, además, notificará al afiliado de inmediato por escrito en el caso de percatarse de la existencia de cualquier violación de su Propiedad Industrial. Cualquier uso inapropiado del contenido y de la Propiedad Industrial del presente contrato es susceptible de violación de las Leyes de Propiedad Industrial, mexicanas y extranjeras, de Tratados Internacionales, así como derechos consignados en el Código Civil, Penal y de Comercio.

Si el afiliado incurriera en algún uso inapropiado del contenido y Propiedad Industrial de este contrato, Globetrotter Excursions tendrá el derecho de requerirle (a) que deje de utilizar el contenido que Globetrotter Excursions considere vulnera sus derechos de Propiedad Industria (b) que deje de copiar total o parcialmente, reproducir, volver a publicar, cargar, publicar, transmitir, distribuir o modificar el uso del contenido y de los Derechos de Propiedad Industrial derivados del presente contrato (c) podrá requerirle establecer un uso adecuado de sus derechos de Propiedad Industrial o bien (d) podrá iniciar los procedimientos legales necesarios para defender sus derechos de Propiedad Industrial.

Globetrotter Excursions reconoce que el afiliado es el titular de diversos registros de marca y avisos comerciales que podrán ser parte de la inclusión en la página desarrollada por Globetrotter Excursions y, por tanto, se obliga a no iniciar o promover que un tercero inicie acciones contra del afiliado, con relación a la validez o titularidad de estas.

Globetrotter Excursions se obliga a no usar la Propiedad Intelectual, en beneficio propio ni de tercero alguno, incluyendo su utilización en publicaciones de ventas, mercadeo o anuncios, sin consentimiento previo y por escrito del afiliado. Asimismo, Globetrotter Excursions se obliga a no llevar a cabo ningún acto por el cual la Propiedad Intelectual se viere afectada. En el caso de cualquier controversia, litigio, reclamo y/o disputa en relación con los derechos mencionados, Globetrotter Excursions deberá notificar al afiliado la existencia de tal controversia, litigio, reclamo y/o disputa en lo que al afiliado corresponda.

En virtud de lo anterior el afiliado previamente y por escrito otorga a Globetrotter Excursions una licencia de uso universal, revocable, gratuita sobre las marcas y propiedad industrial del afiliado con la única finalidad de que permitan a Globetrotter Excursions cumplir con el objeto del presente contrato y en su momento pueda desarrollar las programaciones de las Páginas Asignadas al Asociado, convenidas entre Globetrotter Excursions y el afiliado, sin que dicha autorización de uso pueda ser considerada por Globetrotter Excursions como una licencia o derecho a usar cualquiera de las Marcas del afiliado para cualquier otro fin, o demás derechos de Propiedad Industrial sin el previo consentimiento por escrito del afiliado, o en su caso de los titulares de tales derechos.





DÉCIMA SEGUNDA. – DERECHOS DE AUTOR.

El ASOCIADO reconoce de manera enunciativa más no limitativa que todos los textos, párrafos, enunciados, combinación específica de palabras, letras o elementos fonéticos, gráficos, iconos de botones, obras de diseño gráfico, fotografías, combinación específica de colores y formas, material editorial, formatos impresos, todo tipo de programación, incluyendo toda expresión original de cualquier forma, lenguaje o código que derive en la creación, programación de páginas y/o de las Páginas Asignadas al Asociado, programación de sitios web y cualquier otro código fuente, software, programa de computación, descargas digitales, anuncios publicitarios, que aparecen en el Software Globetrotter Excursions, Módulo WEB, Sitio www.globetrotterexcursions.com y el Sistema de Administración de Asociados, constituyen Derechos de Autor que se encuentran registrados o en proceso de registro y son propiedad exclusiva de Globetrotter Excursions, con titularidad de derechos patrimoniales, o sobre los cuales Globetrotter Excursions cuenta con Licencia de uso o Autorización respectiva y fueron proporcionadas para la celebración del presente contrato, por lo tanto el ASOCIADO no puede copiar, reproducir, volver a publicar, cargar, publicar, transmitir, modificar o distribuir dichos derechos ni el contenido, sin tener la autorización previa y por escrito de Globetrotter Excursions, en donde el afiliado única y exclusivamente podrá utilizarlo para cumplir con el objeto del presente contrato.

Únicamente para dar cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato y su objeto, Globetrotter Excursions le proporciona al afiliado exclusivamente por el periodo de vigencia del presente contrato, una licencia de uso y acceso controlado, limitado y revocable en cualquier momento al Software Globetrotter Excursions, Módulo WEB y al Sistema de Administración para Asociados, que contiene dicho material de propiedad industrial e intelectual protegido, obligándose el afiliado a no permitir el uso e ingreso a terceras personas no autorizadas y obligándose a mantener su uso protegido y controlado en todo momento, teniendo las precauciones necesarias para el control de acceso y contraseñas que le permitan el ingreso.

Debido a lo anterior, nada de lo contenido en este contrato incluyendo los derechos protegidos por la Ley Federal de Derechos de Autor aplicable, y por las Leyes y Tratados Internacionales, podrá ser considerado por el afiliado como una licencia o derecho a usar cualquiera de estos Derechos de Autor para cualquier otro fin sin el previo consentimiento por escrito de Globetrotter Excursions. Y se le prohíbe usarlas en cualquier aplicación que no sea permitida por Globetrotter Excursions o cualquier otro uso comercial y que se encuentre fuera del objeto del presente contrato.

El afiliado acuerda en no alterar los Derechos de Autor de Globetrotter Excursions en modo alguno, ni se permitirá la acción que de cualquier manera pueda menoscabar, denigrar o disminuir los Derechos de Autor de Globetrotter Excursions. El afiliado se compromete a no colocar todo o en parte de los Derechos de Autor de Globetrotter Excursions como publicidad en internet sin previo consentimiento por escrito de Globetrotter Excursions. El afiliado reconoce que el uso o impresión para su uso particular de los Derechos de Autor de Globetrotter Excursions no le otorgará al afiliado ningún derecho, título o interés en materia de Derechos de Autor, Globetrotter Excursions se reserva el derecho de vigilar la calidad del uso de sus Derechos de Autor, además, notificará al afiliado de inmediato por escrito en el caso de percatarse de la existencia de cualquier violación de sus Derechos de Autor.



Cualquier uso inapropiado del contenido y de los Derechos de Autor en el presente contrato es susceptible de violación de las Leyes Federales de Derechos de Autor, mexicanas y Extranjeras, de Tratados Internacionales, así como derechos consignados en el Código Civil, Penal y de Comercio. Si el afiliado incurriera en algún uso inapropiado del contenido y Derechos de Autor en el presente contrato, Globetrotter Excursions tendrá el derecho de requerirle al afiliado (a) que deje de utilizar el contenido y Derechos de Autor, (b) que deje de copiar total o parcialmente, reproducir, volver a publicar, cargar, publicar, transmitir, distribuir o modificar el uso del contenido y de los Derechos de Autor del presente contrato (c) podrá requerirle establecer un uso adecuado de los Derechos de Autor o bien (d) podrá iniciar los procedimientos legales necesarios para defender sus Derechos de Autor.

DECIMO TERCERA. – PRIVACIDAD Y TITULARIDAD DE INFORMACIÓN PERSONAL.

a) Declaración de Privacidad. LAS PARTES serán responsables única y exclusivamente de aquellos datos de carácter personal de los Clientes Finales que cada una recoja y procese como consecuencia de la comercialización de los Productos y Servicios a través del afiliado. Tanto Globetrotter Excursions como el afiliado, en cumplimiento de la legislación vigente, se obligan a informar a los Clientes Finales, entre otros aspectos, acerca del uso que va a dar a los datos de carácter personal y de los derechos que les amparan, así como a incluir una política o aviso de privacidad en función de las actividades que cada una desempeñe con el objeto de dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en este Contrato, aviso o política que deberá cumplir con todo lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias relativas al derecho a la intimidad y a la protección de los datos de carácter personal debiendo, incluir un acceso a su Aviso o Política de Privacidad y a los Términos y Condiciones que rigen la prestación de su servicio, con el objeto de que los Clientes Finales puedan acceder a dicha información.

b) Información de los Clientes Finales. Globetrotter Excursions, bajo ningún supuesto, será responsable de aquellos datos de carácter personal de los Clientes Finales que el afiliado trate o recabe fuera del objeto y de las obligaciones del presente contrato, así como de aquellas acciones legales que se generen en su contra, derivadas de la negligencia, mal uso, transferencia indebida o diseminación de los datos personales de los Clientes Finales por parte del afiliado, ya que es su obligación implantar las medidas de seguridad estándar en el sector destinadas a garantizar la privacidad y confidencialidad de los datos e información que recabe de manera directa de los Clientes Finales.

c)Usos Restringidos. El afiliado no podrá en ninguna circunstancia durante o con posterioridad al término de la vigencia del presente Contrato, vender, ceder, transmitir, revelar o de cualquier manera transferir ninguna Información del Cliente Final y que haya sido adquirida en virtud del cumplimiento del objeto y las obligaciones del presente contrato. El afiliado no debe usar la Información del Cliente Final en violación de ninguna ley, reglamento o norma vigente dentro del territorio de la República Mexicana, o en contravención a la Política de Privacidad de Globetrotter Excursions.

d)Ambas partes convienen que en el cumplimiento o incumplimiento de cualquier obligación a su cargo y/o respecto de cualquier ejecución, omisión, o acto por el cual terceros le finquen cualquier tipo de responsabilidad a la parte que incumplió por virtud de este contrato y por los servicios que cada una proporciona, la parte que incumplió estará obligada a pagar a la otra parte los daños y perjuicios que su falta u omisión en el cumplimiento de este Contrato, de la ley y demás disposiciones normativas aplicables, sus empresas subsidiarias y/o afiliadas.

DECIMO CUARTA. INDEMINZACION.

Cada Parte se obliga a indemnizar, dejar y sacar a salvo y en paz a la otra parte, a sus subsidiarias, sus afiliados, agentes bajo su dirección, directores, socios, trabajadores y empresas directas relacionadas con su operación, y defenderán a su propio costo incluyendo y no limitando a costos razonables de abogados respecto de cualquier reclamación, queja y/o controversia, demanda, denuncia, y en general cualquier tipo de acción legal que pudiera surgir y sobre la cual la otra parte resultará involucrada como resultado de: a) reclamación, queja y/o controversia, demanda, denuncia en general cualquier tipo de acción legal derivada del material propiedad industrial e intelectual de cada una de las partes se proporcionó para dar cumplimiento al objeto del contrato y que dicho material infrinja derechos de terceros, resulte difamatorio o cree daño directo o indirecto a la otra parte o terceros b) reclamación, queja y/o controversia, demanda, denuncia en general cualquier tipo de acción legal derivada o que esté relacionada de manera directa con el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones que asume en el presente contrato.

c) cualquier reclamación ante la Procuraduría Federal del Consumidor o cualquier autoridad de naturaleza similar, que derive de los Servicios, asumiendo cada parte su responsabilidad en la proporción que le corresponda respecto a los servicios que cada una presta.

DECIMO QUINTA. DISPUTAS BANCARIAS Y DETECCIÓN DE FRAUDES.

Dado que la afiliación (terminal bancaria) está a nombre de Globetrotter Excursions, ésta se obliga a realizar la defensa de los cargos que en su caso y como consecuencia de disputas bancarias interpongan los titulares de las tarjetas de crédito, para lo cual Globetrotter Excursions avisará oportunamente al afiliado sobre la disputa presentada, a fin de que EL afiliado proporcione todos los documentos necesarios que en su caso y por lo que hace a la porción de su servicio, en el caso de servicios ofrecidos en conjunto, sean requeridos para la defensa oportuna ante la Institución Bancaria correspondiente, en cuyo caso y no obstante de la defensa realizada, la disputa bancaria sea contraria a los intereses de las partes, EL afiliado absorberá las disputas bancarias o contra cargos directamente relacionadas con la prestación de los servicios del ASOCIADO.

DECIMO SEXTA. – CESION.

LAS PARTES convienen en que los derechos y obligaciones derivados de este Contrato no podrán cederse total o parcialmente a terceros bajo ningún título, ya sea oneroso o gratuito, salvo que exista conformidad por escrito entre LAS PARTES.

DÉCIMO SÉPTIMA. – EFECTOS DE LA TERMINACIÓN Y/O RESCISIÓN.

El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en este Contrato y sus Anexos por alguna de LAS PARTES dará lugar a la rescisión de este o al cumplimiento forzoso a elección de la parte que no haya incumplido, lo anterior, si dentro del periodo de 30 días naturales posteriores a la notificación que se haya hecho a la parte que incumplió alguna de sus obligaciones, no hubiere resuelto de manera satisfactoria las causas del incumplimiento. La rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial cuando se presenten cualquiera de las siguientes causas:

a) Por mandamiento que emita la autoridad administrativa o judicial declarando la nulidad, inexistencia o terminación de este Contrato.

b) Por suspensión de pagos, concurso mercantil o el ejercicio de alguna acción concursal en contra, insolvencia, quiebra o liquidación.

c)Por dejar de contar con capacidad y elementos técnicos, financieros, humanos y materiales necesarios para la ejecución del presente Contrato.

d)Por el cierre de operaciones de cualquiera de las partes.

e) Por existir afectación directa a los derechos de propiedad intelectual e industrial de alguna de las Partes.

f) Por así convenir a sus intereses siempre y cuando se notifique por escrito a la otra parte con una anticipación de 30 días hábiles.

A la terminación y/o rescisión del presente Contrato, cualquiera que sea su causa, LAS PARTES tendrán por rescindidas de manera inmediata cualquiera de las licencias de uso de propiedad industrial o de derechos de autor que LAS PARTES se hayan otorgado para el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato.

No obstante lo señalado en la presente cláusula, las obligaciones pendientes de cumplimiento al momento de la terminación o rescisión del presente Contrato continuarán después de dicha terminación o rescisión, surtiendo todos sus efectos en los términos pactados, hasta su total cumplimiento y a la completa satisfacción de LAS PARTES, ya sea de manera enunciativa más no limitativa: pagando cualquier cantidad o contraprestación restante y no pagada entre LAS PARTES al momento de la recisión, cumplir con el pago de comisiones, exigir a los Proveedores Finales del servicio cumplir con las obligaciones contraídas con los Clientes Finales en los términos en que fueron reservados.

DÉCIMO OCTAVA. – CONTRIBUCIONES.

LAS PARTES convienen que los impuestos o derechos de cualquier naturaleza que se causen como consecuencia de la celebración del presente Contrato serán pagados por la parte que la ley señale como contribuyente.

DÉCIMO NOVENA. – MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD.

LAS PARTES están de acuerdo en que para la celebración del presente Contrato no existe dolo, violencia, evicción o vicio alguno, manifestando bajo protesta de decir verdad que están de acuerdo en todas y cada una de las partes de este.

VIGÉSIMA. – INDEPENDENCIA DE CLÁUSULAS.

Cuando sea posible, las disposiciones del presente Contrato se interpretarán de conformidad con las leyes aplicables. Sin embargo, si cualquier disposición de este Contrato se considera prohibida o inválida de conformidad con las leyes aplicables, dicha disposición se considerará inválida sin que ello afecte o invalide el resto de las disposiciones contenidas en el presente Contrato.

VIGÉSIMA PRIMERA. – CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.

En el supuesto de que alguna de LAS PARTES no pueda cumplir con sus obligaciones objeto del presente Contrato, sus Anexos, y demás documentos y notificaciones que se desprendan del mismo, debido a circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, considerándose así de manera enunciativa pero no limitativa, guerras, insurrecciones, huelgas, actos de autoridad, descarrilamientos, incendios, inundaciones, huracanes, sismos, actos de terrorismo o cualquier otra situación fuera de su control, quedará relevada del cumplimiento de las obligaciones de que se trate. Para ello, la parte que incumpla deberá notificar a la otra sobre los hechos que originaron el caso fortuito o la fuerza mayor dentro del plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir del evento de que se trate, acompañando a la notificación la justificación del hecho. Lo anterior siempre y cuando la parte en incumplimiento no haya dado motivo al evento de caso fortuito o fuerza mayor. En caso de que el evento de caso fortuito o fuerza mayor dure más de 30 (treinta) días naturales, la parte afectada podrá dar por terminado este Contrato sin responsabilidad alguna a su cargo.

VIGÉSIMA TERCERA. – TÍTULOS DEL CLAUSULADO.

Los títulos de las cláusulas del presente Contrato son únicamente para facilitar su lectura y manejo, por lo que no se entenderá que definen o limitan las obligaciones a cargo de LAS PARTES.

VIGÉSIMO CUARTA. – MODIFICACION DEL CONTRATO Y ACUERDO UNICO.

LAS PARTES convienen en que cualquier modificación al presente Contrato o sus Anexos, deberá hacerse por escrito y estar firmada por LAS PARTES, sin que esto signifique la novación de este, el cual conservará su valor y fuerza legal en todo aquello que no sea objeto de las modificaciones.

LAS PARTES reconocen que el presente contrato constituye el único acuerdo con el objeto y obligaciones establecidas en el presente contrato entre las mismas, por lo que cualquier acuerdo anterior, ya sea verbal o escrito, queda sin efectos a partir de la fecha de firma de este contrato.

VIGÉSIMO QUINTA. – DOMICILIOS PARA AVISOS Y NOTIFICACIONES.

LAS PARTES acuerdan que todos los avisos, notificaciones y comunicaciones que tuvieren que darse entre ellas se realizarán por escrito dirigido a la otra parte y serán enviados mediante carta por correo certificado o por servicios especializados de mensajería con acuses de recibo, a los domicilios señalados en la Cláusula Primera del presente Contrato, así como por fax y/o mediante correo electrónico a las direcciones que para tales efectos señalen LAS PARTES. En caso de llegaren a cambiarse de domicilio, deberán hacérselo saber a la otra parte con 15 (quince) días naturales de anticipación a que efectuaren el cambio, de lo contrario, la notificación o aviso que efectúe la otra parte se entenderá legalmente hecho en el domicilio que se hubiese señalado en este instrumento con la persona que se encuentre en el mismo.

Para la debida interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las Partes expresamente acuerdan en someterse a la jurisdicción y competencia pactada en el Contrato Comercial de Colaboración firmado por ambas partes contratantes.

ANEXO A: OBLIGACIONES DE LAS PARTES.

1.- Definiciones.

Datos de Pago. – Todas las comisiones que Globetrotter Excursions pague al afiliado deberán ser depositadas en las cuentas bancarias que al efecto proporcione el afiliado a Globetrotter Excursions.

Comisiones. Contraprestación recibida por el afiliado como resultado de la comercialización de los productos y servicios de Globetrotter Excursions a través del Sitio del Asociado.



Servicios adicionales. – Desarrollo y programación del sitio web del asociado o Desarrollo y programación de las Páginas Asignadas al Asociado.

2.- Obligaciones de Globetrotter Excursions con el afiliado.

I. Soporte Técnico. Conforme así lo solicite el afiliado, Globetrotter Excursions le prestará soporte técnico continuo para modificar las Páginas Asignadas al ASOCIADO, sin ningún costo extra y cuando estas modificaciones se encuentren al alcance de Globetrotter Excursions, en donde no repercuta en un costo significativo para Globetrotter Excursions.

II. Disposición Páginas Asignadas al afiliado. Globetrotter Excursions dedicará a su costo todos los recursos necesarios y razonables para mantener disponible en línea las Páginas Asignadas al afiliado durante la vigencia de este Contrato.

III. Atención y Servicio al Cliente del afiliado. Globetrotter Excursions asignará personal suficiente para ayudar a los Clientes del afiliado, con asistencia en viajes, quejas y reclamaciones, así como proporcionará también otros servicios de viaje, tal es el caso de traslados, renta de autos, seguros para el viajero, tours y actividades.

IV. Globetrotter Excursions acuerda con el Asociado, a mantener un nivel adecuado de desempeño de los XML, y en caso de que estos presenten problemas, ayudarle a realizar la implementación del motor de reservaciones vía HTML, quedando en todo momento en decisión del Asociado el uso de los XML aun con ciertas áreas de oportunidad, en donde el impacto en las ventas no será en ningún momento consecuencia del uso del XML, o bien causa de Globetrotter Excursions.

V. Para dicha actividad Globetrotter Excursions proporcionará al afiliado un número 998 con servicio en México, un número 1-800 con servicio en Estados Unidos y Canadá y un número para llamadas internacionales, los cuales será atendido por personal 100% bilingüe. Dicho número contará con una etiqueta telefónica personalizada según la fraseología que el afiliado designe.

VI. Acceso a Plataforma de Autoservicios. Globetrotter Excursions proporcionará al afiliado un nombre de usuario y contraseña para permitir al afiliado el acceso a la Plataforma de Autoservicio. La Plataforma de Autoservicio pondrá a disposición del afiliado instrucciones técnicas, reportes de Ventas, estadísticas de reservaciones, visitas al motor de reservaciones y datos detallados de los pasajeros que reserven en el portal del afiliado, así como el detalle de los servicios adicionales que estos compren, tal es el caso de la transportación terrestre, renta de autos, tours, etc.

VII. Correo Electrónico de Globetrotter Excursions. Globetrotter Excursions se obliga a mantener activo y funcionando el Correo Electrónico de Globetrotter Excursions y en caso de que se modifique, notificará al afiliado con una anticipación de 10 (diez) días hábiles, por escrito y mediante un correo electrónico la modificación de dicha cuenta electrónica.

VIII. Datos de los Clientes del afiliado. Se entenderá como Datos Personales de los Clientes Finales, toda aquella información de la que Globetrotter Excursions se haya podido allegar por causa de la prestación de los servicios materia del presente contrato o que provengan de clientes que los hayan ofrecido a través de las páginas asignadas por Globetrotter Excursions al afiliado. Por tal motivo Globetrotter Excursions pondrá a disposición del afiliado dicha base de datos, en cualquier momento que el afiliado la requiera y sin reserva alguna, a través del “Sistema de Administración para Asociados”.



IX. Actualización de Contenido. Mantener actualizado el contenido y la veracidad de la información, así como también las fotos de los servicios que Globetrotter Excursions ofrece a través de las páginas asignadas al ASOCIADO.

3.- Obligaciones del afiliado con Globetrotter Excursions.

I. Sitio Web de Implementación. El afiliado acepta implementar el Software Globetrotter Excursions únicamente en los sitios Web estipulados en el presente Contrato y el Módulo WEB

II. Costo de Implementación. La implementación del Software Globetrotter Excursions en el Sitio Web del afiliado y el Módulo WEB es responsabilidad del afiliado y cualquier costo que resulte de la implementación o modificación del software será a cargo del afiliado.

III. Tiempo de Implementación. El afiliado acepta realizar todos los esfuerzos necesarios y razonables para implementar el Software Globetrotter Excursions y Módulo WEB en un lapso que no sea mayor de 25 días hábiles.

IV. Información Actualizada. El afiliado se compromete a mantener actualizada la información publicada en el Sitio del Web afiliado de manera periódica y según lo considere necesario.

V. Clonación de Contenido. El afiliado se obliga a no reproducir el contenido tal como; textos, fotos, o elementos gráficos que se encuentran publicadas en las Páginas Asignadas al Asociado en el Sitio Web del Asociado.

VI. Derechos Terceros. El afiliado garantiza a Globetrotter Excursions que el contenido del Sitio Web del afiliado no viola ni infringe ningún derecho de terceros, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, derechos de propiedad intelectual.

VII. Correo Electrónico del Asociado. EL afiliado asegura estar pendiente y mantener funcionando el Correo Electrónico del afiliado y en caso de que se modifique, notificará a Globetrotter Excursions.

VIII. Datos de Clientes del afiliado. Al momento en que Globetrotter Excursions pone a disposición del afiliado los datos personales de los Clientes Finales. El afiliado se compromete a:

a. Tratar estos datos como Información Confidencial.

b. Utilizar esos datos solo con fines de acuerdo con el contenido y servicios del Sitio web del afiliado.

c. Darles el tratamiento de lo pactado en la cláusula Décima.

IX. Alimentadores de XML. El afiliado acepta que Globetrotter Excursions ofrece los alimentadores de XML sin ofrecer soporte técnico de la forma en que se implementará en el Sitio Web del afiliado, o bien a generar modificaciones en los mismos que pueda impactar directamente a Globetrotter Excursions. También se compromete a tratar la existencia y la estructura de los alimentadores de XML como Información Confidencial.

X. Servicios Adicionales. En caso de que el afiliado requiera servicios adicionales, se sujetarán a los términos, condiciones y costos que el desarrollo de estos conlleve, los cuales serán informados previamente por Globetrotter Excursions.

XI. Información inmediata. EL afiliado deberá informar de manera inmediata a Globetrotter Excursions, respecto a cualquier correo, queja, sugerencia, etc. del Cliente Final en relación con los productos y servicios de Globetrotter Excursions

ANEXO B. PLAN DE COMISIONES.

I. Notificación de Liquidación. Globetrotter Excursions acuerda en hacer llegar al ASOCIADO los reportes de liquidación correspondientes durante los 5 primeros días hábiles del mes al Correo Electrónico del Asociado, estipulado en el contrato general. En el caso que no hubiera comisiones por no tener reservaciones con salidas efectivas en el periodo correspondiente el afiliado no recibirá ningún aviso.

II. Pago de Comisiones. Globetrotter Excursions se compromete en pagar al ASOCIADO comisiones en relación con los servicios de “Hotel”, “Traslados”, “Renta de Autos” y “Tours” reservados por los Clientes Finales de acuerdo con los porcentajes detallados en este ANEXO y después de haber recibido la facturación correspondiente de los servicios al Check out. Para pagos de transferencias internacionales el pago correspondiente se hará a partir de USD 200 (doscientos dólares americanos), si la comisión es menos se retendrá el pago hasta acumularlos.

III. El afiliado se obliga a enviar a Globetrotter Excursions la facturación correspondiente al cobro de sus comisiones. En caso de que el envío de la facturación por parte del afiliado sea posterior a 9 meses contados a partir del Check out de los servicios, Globetrotter Excursions cobrará al afiliado un cargo correspondiente al 50% del monto total de la facturación por concepto de gastos de administración. En caso de que el envío de dicha facturación sea posterior a 12 meses no serán procedentes las disputas o discrepancias sobre el pago de dichas comisiones por parte del afiliado.

IV. Utilidad Final. Todas las comisiones son calculadas sobre la utilidad final de la reservación, Se entiende como utilidad la diferencia de restar la tarifa pública menos la tarifa neta, la comisión de tarjeta de crédito e Impuestos.

Utilidad final = Monto venta – Impuestos – Tarifa neta – Comisión de tarjeta crédito – costo de infraestructura.

Para el caso de la emisión de boletos se considera el total pagado por este concepto, menos impuesto, menos la comisión de cobro de la tarjeta final, por lo que para este concepto no aplicara la reducción de un costo neto. El resultado de este ejercicio nos dará la utilidad final, la cual se dividirá de acuerdo con el esquema de comisión, el cual se expresa en la cláusula V, de este anexo.

V. Modificaciones de Reservaciones. Aquellas reservaciones que hayan sido modificadas después de haberlas pagadas al Asociado con anterioridad serán recalculadas y la diferencia se reflejará en el reporte de liquidación.

VI. Porcentaje de Comisión. El porcentaje de comisión para reservaciones del tipo “Online” sobre la utilidad final será determinada por las partes a la firma del contrato. El porcentaje de comisión para reservaciones del tipo “Offline” sobre la utilidad final, será determinada por las partes a la firma del contrato.

Para más información puede comunicarse con nosotros por los siguientes medios:

Dirección: Av. Insurgentes Sur 730, Piso 1, Colonia Del Valle Centro, Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad De México

Correo electrónico: help@globetrotterexcursions.com